La AVAP establece que "el programa para la renovación de la acreditación (ReAcredita) de las titulaciones oficiales de las universidades valencianas tiene como objetivo comprobar si los resultados del título son adecuados y permiten garantizar la continuidad de la impartición del mismo hasta la siguiente renovación de la acreditación".
Por otro lado, el RD 1393/2007 modificado por el RD 420/2015, en su artículo 27 bis, apartado 1 indica que "La renovación de la acreditación de los títulos universitarios oficiales se producirá en los términos y plazos previstos en el artículo 24.2, cuando éstos obtengan la correspondiente resolución del Consejo de Universidades, previo informe favorable emitido por ANECA o por los órganos de evaluación que la ley de las comunidades autónomas determine.
Dicho informe tendrá el carácter preceptivo y determinante, e interrumpirá el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento en los términos previstos en el artículo 42.5.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común."
Renovación de la acreditación (AVAP)